Feriado del 25 de julio no se trasladará: Así deben pagarlo las empresas

02 julio 24

Recuerdan expertos

Feriado del 25 de julio no se trasladará: Así deben pagarlo las empresas
Billetes de Costa Rica ( Mil colones ) Foto Herbert Arley C 23-08-2012

Por Andrés Alvarado

andres.alvarado@monumental.co.cr

El próximo jueves 25 de julio se conmemorará el bicentenario de la Anexión del Partido de Nicoya, y debido a una decisión del Congreso, ese feriado no se trasladará para el viernes.

Para ese día preste mucha atención si debe trabajar, ya que se trata de un feriado de pago obligatorio y según el Código de Trabajo quienes no decidan trabajar ese día no pueden ser sancionados.

Marcela Marceth, abogada de BDS Asesores, recordó cómo se paga un feriado de este tipo.

La especialista amplió respecto a las modalidades de pago.

En temas relacionados, el Ministerio de Hacienda informó que el pago del salario correspondiente a la segunda quincena del mes de julio, para los funcionarios públicos, se depositará el viernes 26 de julio, a partir de las 10:00 p.m., y no el jueves 25 como estaba previsto, esto por motivo del feriado.

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