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Salarios de personas con reducción de jornada o suspensión de contrato podrían no ser embargables

25 agosto 20
Salarios de personas con reducción de jornada o suspensión de contrato podrían no ser embargables

Por: Juan Enrique Soto Sibaja

juan.soto@monumental.co.cr

@JuanEnSoto

Debido a la crisis económica provocada por el Covid-19, muchas empresas han optado por la reducción de jornadas o suspensión de contratos para evitar el despido masivo de sus colaboradores.

Sin embargo, las deudas, la falta de ingresos e incluso de empleo, exponen a las personas a una serie de inconvenientes, entre ellos los embargos por la imposibilidad de pagar créditos.

Vivian Rodríguez, abogada de EY Law, explicó que, si el salario es inferior a ¢178 mil colones, no podría ser sometido a la retención según lo establece la Ley.

Rodríguez manifestó que es importante que las empresas notifiquen a las partes cuál sería el porcentaje embargable de los trabajadores.

Según datos del Ministerio de Trabajo, hasta el pasado 10 de agosto, 54 mil personas tienen el contrato suspendido y 128 mil personas tienen una reducción de jornada laboral.

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